Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro339885
MateriaCivil

La acción cambiaria directa prescribe en los términos establecidos por el artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y no esta regida por la caducidad, la que se verifica por no ejecutar los actos determinados en los artículos 160 y 163 de dicha ley. Al respecto, debe decirse que para el ejercicio de la acción cambiaria directa no se requiere como condición necesaria que el título de crédito haya sido presentado para su pago precisamente el día de su vencimiento, y que deba presentarse una constancia de ello, porque en tratándose de esa acción el tenedor del título no está obligado a levantar el protesto, bastando para tener satisfecho el requisito de incorporación, con que el actor acompañe el título...

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