Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro339236
MateriaCivil,Derecho Civil

La copropiedad cesa no por la simple declaración judicial de que a cada copropietario corresponde el 50% cincuenta por ciento de la cosa, sino hasta que se determine concretamente la parte que corresponde a cada quien, de modo que cada comunero pueda poseerla en su totalidad, conforme a su destino y en los términos de Ley. Cuando un inmueble tenga que venderse por no admitir cómoda división, la comunidad cesará hasta que se venda y se entregue a cada parte la mitad del precio; pero basta que el inmueble siga indiviso para que la posesión de uno de ellos, o la de los dos conjuntamente, no pueda tener otro carácter que el de una posesión proindiviso. En consecuencia, siendo los copropietarios copartícipes aún de la parte más pequeña del bien común, no puede restringirse a ninguno de ellos el derecho de usar de la totalidad de la cosa, puesto que ambos tienen, por igual, derechos de copropiedad sobre todas sus partes. Si ambos copropietarios tienen iguales derechos a usar el...

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