Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro363642
MateriaCivil

El derecho de prelación de un crédito, no proviene precisamente de que sea indubitable, por razón de una sentencia que lo haya reconocido, sino de la garantía particular proveniente del crédito en sí mismo, o de la que adquirió con relación al deudor y a tercero, por virtud del registro del secuestro de bienes practicado en juicio seguido por el titular. Así sucede con los créditos hipotecarios o prendarios, en los cuales su prelación no procede de que el acreedor haya obtenido sentencia ejecutoria, sino de la naturaleza del derecho particular constituido en ellos; otro tanto pasa con el contrato de arrendamiento, que da preferencia al crédito del arrendador por concepto de rentas; y en el caso de secuestro de muebles, si el embargo fue registrado, se realiza la...

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