Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro362582
MateriaCivil

El artículo 30 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, clasifica los mandamientos judiciales en sentencias, autos y decretos; siendo aquéllas, las que deciden el asunto principal controvertido; autos, los que entrañan el mandamiento de pago o de dar o hacer alguna cosa, los que deciden incidentes, excepciones, excusas o recusaciones; y decretos, los no comprendidos en las anteriores definiciones. Ahora bien, la resolución que manda reanudar el procedimiento en un juicio, expedir edictos y citar acreedores con motivo de un remate, después de haberse suspendido por convenio de las partes, tiene fuerza de mandamiento en forma, que es lo que la ley procesal exige para que lo proveído tenga el carácter de auto; y por tanto, la notificación de ese auto debe hacerse...

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