Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro360442
MateriaCivil,Derecho Civil

No es exacto que de los términos en que está concebido el artículo 1193 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, pueda desprenderse que solamente cuando se condena a la restitución, en el interdicto de recuperar la posesión, se pueda ordenar el pago de las prestaciones que el mismo precepto establece, cuando dice que debe condenarse al despojante, al pago de costas, daños y perjuicios; pues si en el curso del interdicto, el despojante se ha allanado a devolver el bien cuya posesión había arrebatado, alegando que solamente hizo la ocupación por un error, aun en ese caso, procede la condenación en las costas y en los daños y perjuicios, ya que, con buena fe o sin ella, el hecho del despojo necesariamente produjo algún perjuicio a la contraparte. Además, debe tomarse en consideración que, en estos casos no se trata de una situación en que la apreciación relativa quede a la facultad de la autoridad judicial; sino que...

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