Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272321
MateriaCivil

Es inexacto que el artículo 687 del Código de Procedimientos Civiles establezca una regla especial que autorice a declarar concluido el juicio sumario, cuando la causa para demandar es además de la falta de pago de rentas y el demandado exhibe las pensiones adeudadas, la de rescisión del arrendamiento, pues lo que el precepto autoriza en las condiciones anteriores, es a declarar concluido el juicio por cuanto al desahucio, pero impone continuarlo por lo que atañe a la diversa causal rescisoria. Lo anterior está en concordancia con la jurisprudencia de esta Suprema Corte de Justicia, que establece: "El pago efectuado en un juicio de desahucio, deja a este procedimiento sumario sin efecto, pero no incapacita al arrendador para ejercitar la acción rescisoria fundada "en la falta de pago de la renta, en el plazo estipulado", situación que no contemplan las disposiciones legales que rigen...

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