Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro270894
MateriaCivil

El artículo 183 procesal establece que cuando el que deba absolver posiciones no comparezca sin justa causa a la citación, en el momento señalado para la diligencia, el Juez abrirá el pliego, calificará las posiciones y hará la declaración respectiva. De manera que cuando la apertura del pliego, calificación de posiciones y declaración de confeso de quien debió absolverlo, se haga con posterioridad al momento señalado para el desahogo de la confesional resultará infringido el precepto de referencia. Sin embargo, tal infracción es imputable al Juez y no puede producir la consecuencia de que la prueba se tenga por no rendida por la parte que la ofreció, ni tampoco la de que no se le conceda ningún valor en los términos del artículo 272 del Enjuiciamiento Civil, pues dicha violación cometida por la autoridad judicial y no por el oferente de la prueba, no deja en estado de indefensión a la contraria, con la tardanza en hacer la declaración...

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