Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro270306
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 660, fracción III, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos, faculta al juzgador para no admitir la oposición del colindante que no exhiba título registrado; esto, sin perjuicio de que se reserven sus derechos, para que los haga valer como corresponde; lo dicho significa, que los linderos...

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