Tesis Aislada, , 1 de Diciembre de 1993 (Tesis num. 3a. LXII/93 de Tercera Sala, 01-12-1993 (Tesis Aisladas))

Número de registro206677
Número de resolución3a. LXII/93
Fecha de publicación01 Diciembre 1993
Fecha01 Diciembre 1993
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; XII, Diciembre de 1993; Pág. 355
MateriaCivil

De conformidad con el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, el término para la interposición de la incompetencia por declinatoria, cuando la hace valer como excepción el demandado, en un juicio ordinario, es el mismo término de nueve días que la ley concede para contestar la demanda, pues así lo disponen los artículos 163, 256, 260 y 262 de tal codificación procesal, por lo que si la excepción de incompetencia por declinatoria hecha valer por el demandado se presentó "simultáneamente en la contestación", y si...

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