Tesis Aislada, , 1 de Agosto de 1991 (Tesis num. 3a. XLIII/91 de Tercera Sala, 01-08-1991 (Tesis Aisladas))

Número de resolución3a. XLIII/91
Fecha de publicación01 Agosto 1991
Fecha01 Agosto 1991
Número de registro206928
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; VIII, Agosto de 1991; Pág. 86
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

La fracción VI del artículo 66 de la Ley de Amparo establece que la amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes o sus abogados o representantes, es causa de impedimento para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito y los Jueces de Distrito, y la convivencia familiar frecuente acredita la existencia de una amistad estrecha que, si se da con alguna de las partes o sus abogados o representantes, es motivo de impedimento.

Impedimento 9/91. Formulado por los Magistrados O.V.M. y R.B., integrantes del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito. 18 de febrero de 1991. Unanimidad de cuatro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR