Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro803136
MateriaCivil

Si la Sala, para decretar la absolución se basó en que la demandante no fijó el monto de la reclamación de daños y perjuicios, esto no es una razón legal que pueda fundar su determinación, ya que el artículo 85 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, previendo estos casos, manda que en las sentencias se establezcan las bases con arreglo a las cuales deba hacer su liquidación, y que si esto no es posible, se haga la condena a reserva de fijar su importancia y hacerla efectiva en la ejecución de la sentencia, y los artículos 495 y 406 del mismo ordenamiento fijan el procedimiento civil en la ejecución de la sentencia en los casos como en que se contempla. Y no podrían...

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