Tesis Aislada, (Tesis num. 305 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro918810
MateriaCivil

Si se denuncia un juicio sucesorio intestamentario planteándose, a su vez, competencia por inhibitoria a fin de que el J. que está conociendo de dicha sucesión por denuncia hecha por diversa persona se abstenga de seguir conociendo del mismo, pero éste ya dictó la declaratoria de herederos designando como único y universal heredero a quien promovió ante él la sucesión, debe considerarse que el referido J. ya agotó su jurisdicción por lo que a la primera sección del juicio sucesorio se refiere y, por tanto, el conflicto competencial debe declararse sin materia, pues de conformidad con el artículo 617 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, si dentro de los plazos previstos para quien se considere con derechos a la herencia, nadie se presenta, con posterioridad ya "no serán admitidos los que se...

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