Tesis, , 1 de Junio de 1991 (Tesis num. 3a./J. 28/91 de Tercera Sala, 01-06-1991 (Reiteración))

Número de resolución3a./J. 28/91
Fecha de publicación01 Junio 1991
Fecha01 Junio 1991
Número de registro206974
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; VII, Junio de 1991; Pág. 103
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

La empresa que se considera afectada por el impuesto especificado, para acreditar su interés jurídico en el juicio de amparo, debe demostrar que se encuentra dentro de los supuestos de causación, es decir, que tiene activos y que realiza actividades empresariales. Por tanto, el testimonio de la escritura constitutiva de la agraviada, por sí solo, no es suficiente para demostrar los extremos apuntados, ya que mediante él únicamente se prueba la existencia legal, domicilio social, objeto, duración, capital social y estructura jurídica de la sociedad quejosa, al momento de dicha constitución.

Amparo en revisión 3012/89. L.A., S.A. de C.V. 14 de mayo de 1990. Cinco votos. Ponente: S.R.D.. Secretaria: M.d.P.N.G..


Amparo en revisión 2570/89. Tráfico Aéreo Internacional, S.A. 25 de junio de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: L.F.M.G.P..


Amparo en revisión 776/90. Distribuidora de Carne el Esfuerzo, S.A. de C.V. 11 de febrero de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: S.R.D.. Secretario: A.S.O..


Amparo en revisión 5429/90. Inmobiliaria B., S.A. 15 de abril de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: D.C.F..


Amparo en revisión 5203/90. Productos Industrializados y Metalúrgicos, S.A. de C.V. 13 de mayo de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: D.C.F..


Tesis de Jurisprudencia 28/91 aprobada por la Tercera Sala de este alto Tribunal en sesión privada celebrada el veinte de mayo de mil novecientos noventa y uno. Unanimidad de cuatro votos...

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