Tesis, (Tesis num. 388 de Tercera Sala (Reiteración))

Número de registro395403
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

No basta que se objete un documento para que deje de comprobar los hechos a que se refiere, sino que es necesario, además, que la objeción se funde en causas que puedan motivar la invalidez del documento y que dichas causas se comprueben.

Quinta Epoca:


Tomo LXIII, pág. 3323. Amparo directo 142/34. "R.T.H..". 14 de marzo de 1940. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Disidente: L.B..


Tomo LXVIII, pág. 1129. Amparo directo 2999/37. P.J.G. 24 de abril de 1941. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LXXVIII, pág. 556. Amparo directo 7194/42. V.M. y coags. 6 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no...

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