Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Septiembre de 2004 (Tesis num. 1a./J. 71/2004 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-2004 (Contradicción de Tesis))

Número de registro180728
Número de resolución1a./J. 71/2004
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XX, Septiembre de 2004; Pág. 33
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil

El artículo 1331 del Código Civil para el Distrito Federal señala que son incapaces para heredar por testamento, entre otros, los albaceas que por mala conducta hayan sido separados judicialmente de su ejercicio. Ahora bien, la mala conducta puede traducirse en un comportamiento del albacea, voluntario, activo u omisivo, y doloso encaminado a generar un aprovechamiento indebido para sí o para terceros, o a causar daños o perjuicios a la sucesión o a la masa hereditaria, de manera que para que sobrevenga la referida incapacidad debe demostrarse plenamente que la remoción del cargo de albacea se originó al actualizarse alguno de los supuestos mencionados.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 93/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Décimo, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 7 de julio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: E.P.C.D. de León.

Tesis de jurisprudencia 71/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha siete de julio de dos mil cuatro.

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