Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2007 (Tesis num. 2a./J. 169/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2007 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 171454 |
Número de resolución | 2a./J. 169/2007 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2007 |
Fecha | 01 Septiembre 2007 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 467 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal |
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis P. LVIII/2004, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, octubre de 2004, página 10, con el rubro: "VIOLACIONES PROCESALES DENTRO DEL JUICIO QUE AFECTAN A LAS PARTES EN GRADO PREDOMINANTE O SUPERIOR. NOTAS DISTINTIVAS.", sostuvo que por actos que afectan a las partes en el juicio en grado predominante o superior deben considerarse aquellos de gran trascendencia que implican una situación relevante para el procedimiento, de cuya decisión depende la suerte de todo el juicio natural, bien para asegurar la continuación de su trámite con respeto a las garantías procesales esenciales del quejoso, o bien porque conlleve la posibilidad de evitar el desarrollo ocioso e innecesario del procedimiento. Ahora bien, el auto que tiene por admitidos los hechos sin prueba en contrario, en términos del artículo 878, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, no causa una afectación de esa naturaleza, pues se trata de hechos no controvertidos, es decir, donde no hay contienda, por lo que no existe necesidad de prueba, sin que de esa decisión dependa la suerte de todo el juicio natural, pues a pesar de que la omisión de respuesta de los hechos aducidos por la parte actora en la demanda se origine por deficiencia de la demandada al contestarlos, no implica la emisión forzosa e ineludible de un laudo desfavorable contra ella, ya que la Junta deberá examinar si los hechos que se tuvieron por admitidos justifican la acción ejercida y si el actor tiene derecho a las prestaciones reclamadas. En consecuencia, contra el auto indicado resulta improcedente el juicio de amparo indirecto, dado que es en el estudio de fondo del laudo en donde puede precisarse con mayor eficacia si esa violación procesal trascendió al resultado del fallo y si se aplicó correcta o incorrectamente el precepto invocado.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 101/2007-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Quinto y Sexto, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 22 de agosto de 2007. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: J.E.A.R..
Tesis de jurisprudencia 169/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintidós de agosto de dos mil siete.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-06-2010 ( MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 6/2007-PL )
...trascendió al resultado del fallo y si se aplicó correcta o incorrectamente el precepto invocado.” (No. Registro: 171,454, Tesis: 2a./J. 169/2007, Novena Época, Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XXVI, Septiembre de 2007, página: “DEMANDA, FALT......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-07-2016 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 23/2016)
...por ciertos y no fueron desvirtuados por la parte a quien correspondía hacerlo. Como apoyo invocó, en lo conducente, la jurisprudencia 2a./J. 169/2007, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro “HECHOS SIN PRUEBA EN CONTRARIO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍ......
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Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2010 (Tesis num. I.13o.T.19 L de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-09-2010 (Tesis Aisladas))
...Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 101/2007-SS, de la que derivó la jurisprudencia 2a./J. 169/2007, de rubro: "HECHOS SIN PRUEBA EN CONTRARIO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 878, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. ES IMPROCEDENTE EL J......
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Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))
...A.B.N.H.. Nota: Sobre el tema tratado, la Segunda Sala resolvió la contradicción de tesis 162/2005-SS, de la que derivó la tesis 2a./J. 169/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., enero de 2006, página 913, con el rubro: "PLURAL......