Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 3 de Junio de 2016 (Tesis num. 1a. CLV/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 03-06-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2011772
Número de resolución1a. CLV/2016 (10a.)
Fecha de publicación03 Junio 2016
Fecha03 Junio 2016
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CLV/2016 (10a.)

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se establece que el español sea el idioma nacional, sino que se da cabida y pleno reconocimiento a las lenguas indígenas. Así, de dicho reconocimiento puede derivar la caracterización de las lenguas indígenas como lenguas nacionales, más aún, en el artículo 4o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, se prevé que tanto el español como las lenguas indígenas son lenguas nacionales.

Amparo en revisión 622/2015. M.C.M.. 20 de enero de 2016. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto concurrente, J.M.P.R., N.L.P.H. y A.G.O.M.. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretaria: A.M.I.O..

Esta tesis se publicó el viernes 03 de junio de 2016 a las 10:03 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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