Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 14 de Julio de 2017 (Tesis num. 2a. CXV/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 14-07-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CXV/2017 (10a.)
Fecha de publicación14 Julio 2017
Fecha14 Julio 2017
Número de registro2014749
EmisorSegunda Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. CXV/2017 (10a.)

El precepto citado, al prohibir el pago de tiempo extraordinario para los elementos operativos de las instituciones de seguridad pública, estatales o municipales, el personal ministerial y los peritos, es decir, para los miembros de las instituciones de seguridad pública, no contraviene el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque el hecho de que prohíba el pago de "tiempo extraordinario", no significa que impida recibir las remuneraciones correspondientes por el servicio prestado; aunado a que los principios en materia de trabajo burocrático estatal, contenidos en el artículo 123, apartado B, constitucional, no rigen para dichos miembros, motivo por el cual, no se genera discriminación alguna, pues ese tipo de servidores públicos no se encuentra en la misma situación jurídica que los trabajadores al servicio del Estado, sino que se rigen por sus propias normas.

Amparo directo en revisión 5111/2014. P.V.N.. 22 de abril de 2015. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.N.S.M., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó en contra de consideraciones J.F.F.G.S.. En contra del criterio contenido en esta tesis J.L.P.. Ponente: A.P.D.. Secretario: L.J.G.R..


Amparo directo en revisión 7322/2016. J.M.V.R.. 3 de mayo de 2017. Cinco votos de los Ministros A.P.D., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y E.M.M.I.; votó en contra de consideraciones y del criterio contenido en esta tesis J.L.P.. Ponente: A.P.D.. Secretario: J.J.L.D..

Esta tesis se publicó el viernes 14 de julio de 2017 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
31 sentencias

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