Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro386572
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorPleno

No deben confundirse las leyes privativas con las leyes especiales; las primeras, no son de carácter general, abstracto e impersonal y, por ende, resultan contrarias el artículo 13 constitucional, mientras que las segundas, aun cuando se aplican únicamente a una o varias categorías de personas relacionadas con hechos, situaciones o actividades específicas, sí tienen las referidas características de las leyes, y, en consecuencia, no pueden reputarse contrarias al susodicho dispositivo de la Ley Fundamental.

Amparo en revisión 8981/84. Fábrica de Jabón La Corona, S. A. 4 de junio de 1985. Unanimidad de diecinueve votos en cuanto a los puntos primero, tercero y cuarto resolutivos, y mayoría de dieciocho en cuanto al segundo. Ausente: C.d.R.R.. Disidente: U.S.O.. Impedimento legal: L.O.S.. Ponente: M.A.G..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR