Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro383807
EmisorPleno
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando el conflicto surja entre trabajadores y una empresa de concesión federal, como son los bancos que operan en la República, en los términos del artículo 6o., de la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, la competencia toca a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con el artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo, y no a las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje de los Estados.

Competencia 262/32. Suscitada entre la Junta Especial Número Tres, correspondiente a la Federal de Conciliación y Arbitraje, y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas. M. y C.. 17 de abril de 1933. Mayoría de once votos. Disidente: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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