Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro364358
EmisorPleno
MateriaCivil

Cuando las leyes de los Estados cuyos Jueces compiten, tengan la misma disposición respecto del punto jurisdiccional controvertido, conforme a ella se decidirá la competencia; y si aquellas leyes están en conflicto, la competencia se decidirá con arreglo a las disposiciones del capítulo III, título I, del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Competencia en materia civil 88/27. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Civil de Morelia, Michoacán, y Primero de lo Civil de Toluca, México. 21 de julio de 1930.Unanimidad de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR