Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro279031
EmisorPleno
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal

De la competencia que se suscite entre el Juez Militar y otro de Primera Instancia del ramo del Orden Común, para conocer de un proceso seguido a un reservista por los delitos de homicidio y lesiones es competente el primero, si la acusación del Ministerio Público en el proceso, es de insubordinación; pues para que este delito exista, no es preciso que los actos delictuosos se ejecuten en actos del servicio, ya que así se establece expresamente en el artículo 283 del Código de Justicia Militar, al decir que la insubordinación puede cometerse dentro del servicio o fuera de él, llenándose solo los requisitos de que el inferior falte al respecto o sujeción debidos a su superior que porte insignias o a quien conozca o deba conocer, porque tratándose del delito de insubordinación la ley quiere que en todos los actos de los militares, se guarde la debida subordinación para con los superiores, ya que de otro modo se relajaría la disciplina. Por otra parte, la jerarquía que significa la diferencia de grado entre los militares, subsiste en cualquiera situación en que estos se encuentren, y por tanto, no es posible aceptar que la insubordinación se comete solamente en actos de servicio, sino que ese delito puede cometerse en el servicio militar o fuera de él. De manera que si en el proceso se demuestra que el ofendido y el acusado eran militares, aun cuando hayan tenido el carácter de reservistas, la competencia para conocer de la causa respectiva, recae en favor del Juez Militar.

Competencia 14/41. Suscitada entre los Jueces: Militar de la Plaza de San Luis Potosí y de Primera Instancia del Ramo Penal de la Ciudad Valles, del Estado de aquel nombre. 25 de noviembre de 1941. Mayoría de catorce votos, por lo que respecta a la parte resolutiva. Disidentes: C.L.A. y O.M.G.. Mayoría de trece votos en cuanto a los fundamentos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR