Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro278733
MateriaCivil
EmisorPleno

No existe precepto alguno que faculte a los órganos del Poder Público de la Unión, para ceder a particulares derechos y funciones de carácter público; sin que sea válida la objeción de que la Ley del Timbre grava a los contratos de arrendamiento o de remate de los impuestos locales, pro que esa ley no es la llamada a resolver el problema, ni es la que fija y distribuye competencias, encontrándose la explicación de los preceptos que contiene, en que con frecuencia establece criterios propios para gravar determinados actos y prácticas administrativas desconocidas en nuestra actual organización constitucional y condenadas pro numerosas resoluciones de los órganos jurisdiccionales.

Juicio ordinario federal 1/38. C. de B.A.. 19 de noviembre de 1946. Mayoría de nueve votos. Disidentes: T.O. y Leyva, C.L.A., F. de la Fuente, E.P.A., J.R., A.I.B. y R.E.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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