Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro257554
MateriaCivil
EmisorPleno

Cuando se ejercita la acción de petición de herencia en contra del albacea de una sucesión, del heredero de la misma y los cesionarios del heredero, para que se declare que los actores son herederos de la autora de la sucesión, se les entreguen los bienes hereditarios con todas sus accesiones, se les rindan cuentas y se les entreguen los bienes inmuebles que el heredero vendió a los cesionarios, más el pago de frutos daños y perjuicios; tomando en consideración que la acción principal que se ejercita es la de petición de herencia, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 15, fracción VI y 11 fracción IV, de los Códigos de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y el Estado de Veracruz, en relación con el artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se impone concluir y declarar que el Juez que conoce del juicio sucesorio es el competente para conocer del asunto en cuestión y no el del lugar donde se encuentra el bien reclamado, aun cuando se ejercita una acción real o sea la entrega del inmueble que adquirió uno de dichos cesionarios, pues esta acción es accesoria a la principal de petición de herencia.

Competencia 38/67. Suscitada entre el Juez Quinto de lo Civil de esta Ciudad de México y el Juez Segundo de Primera Instancia de Coatzacoalcos, Veracruz. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: E.B.F. y M.Y.R.. Ponente: E.M.U..

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