Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro816343
MateriaLaboral
EmisorPleno

Habiéndose comprobado en los autos que la empresa demandada se dedica, única y exclusivamente a la compraventa de plátano, el conflicto de trabajo suscitado entre ella y uno de sus empleados corresponde al conocimiento de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, porque el caso no está comprendido en la enumeración que contiene la fracción X del artículo 73 de la Constitución General de la República, mismo que define la competencia de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje. Además, el empleado, aunque alegó que había prestado servicios en zona federal y a bordo de las embarcaciones cargadoras de plátano, no comprobó tales circunstancias.

Competencia 191/36. Suscitada entre las Juntas Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco y Federal Accidental de Conciliación y Arbitraje de Villahermosa, Tabasco. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

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