Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 2503 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro903176
MateriaConstitucional
EmisorPleno

El Pleno hace suya la tesis de la Segunda Sala, en el sentido de que si bien las leyes fiscales, por ser de interés público, pueden retrotraerse, y es legítima facultad del Estado cambiar las bases de la tributación, la justicia de tal retroactividad sólo puede entenderse en el sentido de que los contribuyentes no pueden alegar que han adquirido el derecho de pagar siempre el mismo impuesto que afecta su patrimonio, pero nunca en el sentido de que los causantes han de cubrir por el tiempo anterior a la nueva ley, la diferencia que resulte entre el impuesto que han venido pagando y el que deben pagar en lo sucesivo.


Amparo en revisión 2721/83.-Universidad Autónoma Metropolitana.-15 de enero de 1985.-Mayoría de trece votos.-Disidentes: A.L.A., D.F.R., R.C.M., C. de S.N. y F.M.F.: F.H.P.V..






Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 193-198, Primera Parte, página 160, Pleno.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR