Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 2546 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro903219
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorPleno

Los agravios que plantean violaciones procedimentales o de inexacta aplicación de una ley secundaria resultan inoperantes en la revisión de sentencias pronunciadas en amparo directo por Tribunales Colegiados de Circuito, pues tales cuestiones no pueden ser materia de la revisión, toda vez que la Suprema Corte debe limitarse a resolver sobre la constitucionalidad de la ley, conforme con lo dispuesto por los artículos 83, fracción V, párrafo segundo, y 93 de la Ley de Amparo, en el sentido de que en la revisión en amparo directo la materia se limita, exclusivamente, a la decisión de cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras.

Amparo directo en revisión 3109/88.-R.H.G..-17 de enero de 1990.-Unanimidad de veinte votos.-Ausente: N.C.L..-Ponente: A.G..-Secretaria: M.E.F.M.G.P..



Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo V, Primera Parte, enero a junio de 1990, página 49, Pleno, tesis P. III/90.

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